LÍNEA DE CRÉDITO
ASISTENCIA A AFECTADOS POR CONTINGENCIAS CLIMÁTICAS 2026
LÍNEA DE CRÉDITO
ASISTENCIA A AFECTADOS POR CONTINGENCIAS CLIMÁTICAS 2026
| Montos | Plazos / Cuotas | Tasa | Condiciones |
|---|---|---|---|
| Hasta $20.000.000 | Desde 12 hasta 24 meses según corresponda. |
10% - 40% de la Tasa Badlar según corresponda | Asistencia Financiera para Capital de Trabajo y Bienes de Capital, destinada a productores agropecuarios, industrias, comercios y prestadores de servicios que resultaron afectados por contingencias climáticas ocurridas a partir del 15 de enero de 2026. Podrán acceder a la presente línea de crédito únicamente aquellos personas que desarrollen su actividad en la Provincia de San Juan y acrediten de manera fehaciente los daños sufridos mediante la documentación y certificaciones correspondientes, la presentación de la solicitud de crédito podrá realizarse dentro de un plazo máximo de treinta (30) días corridos contados a partir de la fecha de la contingencia climática ocurrida. |
| Montos | Hasta $20.000.000 |
|---|---|
| Plazos / Cuotas | Desde 12 hasta 24 meses según corresponda. |
| Tasa | 10% - 40% de la Tasa Badlar según corresponda |
| Condiciones | Asistencia Financiera para Capital de Trabajo y Bienes de Capital, destinada a productores agropecuarios, industrias, comercios y prestadores de servicios que resultaron afectados por contingencias climáticas ocurridas a partir del 15 de enero de 2026. Podrán acceder a la presente línea de crédito únicamente aquellos personas que desarrollen su actividad en la Provincia de San Juan y acrediten de manera fehaciente los daños sufridos mediante la documentación y certificaciones correspondientes, la presentación de la solicitud de crédito podrá realizarse dentro de un plazo máximo de treinta (30) días corridos contados a partir de la fecha de la contingencia climática ocurrida. |
Asistencia Financiera para Capital de Trabajo y Bienes de Capital, destinada a productores agropecuarios, industrias, comercios y prestadores de servicios que resultaron afectados por contingencias climáticas ocurridas a partir del 15 de enero de 2026. Podrán acceder a la presente línea de crédito únicamente aquellos personas que desarrollen su actividad en la Provincia de San Juan y acrediten de manera fehaciente los daños sufridos mediante la documentación y certificaciones correspondientes, la presentación de la solicitud de crédito podrá realizarse dentro de un plazo máximo de treinta (30) días corridos contados a partir de la fecha de la contingencia climática ocurrida.
- El presente reglamento suscripto en todas sus páginas.
- Todos los Anexos que correspondan debidamente completos y suscriptos.
- Fotocopia de anverso y reverso del documento de identidad del Interesado.
- En caso de corresponder, copia del Poder Especial para este acto que confiera representación a la persona que designe el interesado, con facultades expresas para asumir las obligaciones emergentes de este reglamento, del contrato de mutuo en caso de que fuera aprobada la solicitud de crédito por el Comité Ejecutivo, constituir garantías y demás obligaciones vinculados al otorgamiento del crédito solicitado y constancia de su inscripción en el Registro Público respectivo, en caso de corresponder.
- Constancia actualizada de inscripción ante la ARCA como contribuyente de impuestos con una antigüedad no mayor a 15 días de la presentación de la solicitud.
- Constancia actualizada de inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos ya sea como contribuyente local o comprendido en el régimen del Convenio Multilateral y en donde se verifique la inscripción de la actividad para la cual está solicitando el financiamiento con una antigüedad no mayor a 15 días de la presentación de la solicitud.
- Para el caso de productores Agropecuarios, denuncia realizada ante la Dirección de Contingencias Climáticas y Registro Productor de San Juan con el correspondiente peritaje y certificado de daños de la propiedad afectada.
- Para el caso de Industrias, Comercios y Prestadores de Servicios deberán presentar una exposición Policial ante la dependencia que corresponda en donde se verifique domicilio del acontecimiento, fecha del mismo y daños; además, la aprobación y desembolso del crédito solicitado quedará expresamente condicionado a la presentación por parte del solicitante de documentación fehaciente que respalde el daño sufrido y declarado en la solicitud; a tal efecto deberán acompañarse fotografías, videos, certificados, denuncias y toda otra documentación técnica, documental y/o jurídica respaldatoria que permita verificar de manera suficiente la existencia, magnitud y causa del perjuicio invocado.
- Descripción y detalle de las inversiones a las cuales se destinarán los fondos solicitados, indicando monto aproximado de cada una, proveedor y plazo estimado de realización conforme ANEXO VI del presente reglamento.
- Documentación relativa a la garantía ofrecida. (ver punto 3)
- Informe de su situación financiera y crediticia tipo VERAZ o NOSIS actualizado del solicitante del crédito con una antigüedad no mayor a 15 días de la presentación de la solicitud, debiendo encontrarse en situación normal en el sistema financiero.
- Informe BCRA del solicitante con una antigüedad no mayor a 15 días de la presentación de la solicitud.
- Constancia actualizada de inscripción RUPA, RENSPA, INV, Municipalidad, etc. según corresponda para el desarrollo de sus actividades conforme las normativas vigentes de la propiedad afectada por la contingencia climática.
- El o los Proveedor/es no podrá formar parte de la persona jurídica o grupo económico al que pertenezca también el Solicitante del crédito y/o en el caso de persona humana no podrá tener algún tipo de vínculo laboral y/o familiar directo.
- Declaración jurada por la que expresamente manifieste no estar incurso en ninguna de las causales de exclusión. (ANEXO III y IV, según corresponda)
El Comité y/o la Fiduciaria, en ejercicio de sus atribuciones, se reservan el derecho absoluto de requerir, en cualquier momento y sin necesidad de justificación previa, toda información, documentación o antecedentes adicionales que estimen pertinentes. Asimismo, tendrán plena, amplia y exclusiva facultad para ordenar, practicar y ejecutar las auditorías, verificaciones, inspecciones y controles que consideren necesarios, ya sea sobre la documentación presentada, los registros contables, financieros o patrimoniales, aplicación de fondos, etc. del solicitante, o sobre cualquier otro elemento vinculado directa o indirectamente con la solicitud de crédito.
El solicitante reconoce y acepta que la omisión, falsedad, alteración o inconsistencia en la información suministrada constituirá incumplimiento grave, habilitando al Comité y/o a la Fiduciaria a rechazar de plano la solicitud, revocar cualquier aprobación otorgada y ejercer las acciones legales que correspondan, incluyendo la denuncia ante las autoridades competentes.
- El presente Reglamento suscripto en todas sus páginas por representante legal o convencional.
- Todos los Anexos que correspondan debidamente completos y suscriptos.
- Copia del Poder que confiera a la persona que se presente en el carácter de representante y con facultades expresas para asumir las obligaciones emergentes de este reglamento, en caso de corresponder.
- Constancia actualizada de inscripción ante la ARCA, como contribuyente de impuestos e incorporado al sistema previsional con una antigüedad no mayor a 15 días de la presentación de la solicitud.
- Constancia actualizada de inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos ya sea como contribuyente local o comprendido en el régimen del Convenio Multilateral y en donde se verifique la inscripción de la actividad para la cual está solicitando el financiamiento con una antigüedad no mayor a 15 días de la presentación de la solicitud.
- Copia del contrato social, estatutos y demás documentos relativos a la existencia y capacidad jurídica de la empresa Postulante para acceder a la ayuda conforme a su objeto y a la representación de sus directores o administradores, debidamente actualizados e inscriptos en la Dirección de Personas Jurídicas, Registro Público de Comercio u organismo equivalente en otras provincias o a nivel nacional.
- Copia de actas de asamblea u órgano similar, donde surja la designación de los actuales directores, socios gerentes o representantes, y del acta de directorio u órgano similar de distribución de cargos, con las inscripciones de los administradores en el Registro respectivo.
- Copia de actas de asamblea u órgano similar, donde surja la intención de solicitar el crédito, debiendo establecerse en la misma el monto a solicitar, detalle de la garantía a ofrecer y la designación del representante para actuar ante la fiduciaria, firmar el Contrato de Mutuo y constituir garantías en el caso de que el Comité Ejecutivo del Fideicomiso apruebe la solicitud de crédito.
- Copia de DNI de las autoridades de la empresa.
- Para el caso de productores Agropecuarios, denuncia realizada ante la Dirección de Contingencias Climáticas y Registro Productor de San Juan con el correspondiente peritaje y certificado de daños de la propiedad afectada.
- Para el caso de Industrias, Comercios y Prestadores de Servicios deberán presentar una exposición Policial ante la dependencia que corresponda en donde se verifique domicilio del acontecimiento, fecha del mismo y daños; además, la aprobación y desembolso del crédito solicitado quedará expresamente condicionado a la presentación por parte del solicitante de documentación fehaciente que respalde el daño sufrido y declarado en la solicitud; a tal efecto deberán acompañarse fotografías, videos, certificados, denuncias y toda otra documentación técnica, documental y/o jurídica respaldatoria que permita verificar de manera suficiente la existencia, magnitud y causa del perjuicio invocado.
- Descripción y detalle de las inversiones a las cuales se destinarán los fondos solicitados, indicando monto aproximado de cada una, proveedor y plazo estimado de realización conforme ANEXO VI del presente reglamento.
- Documentación relativa a la garantía ofrecida. (ver punto 3)
- Informe de su situación financiera y crediticia tipo VERAZ o NOSIS actualizado del solicitante del crédito y su representante legal o apoderado, con una antigüedad no mayor a 15 días de la presentación de la solicitud, debiendo encontrarse en situación normal en el sistema financiero.
- Informe BCRA del solicitante y su representante legal o apoderado, con una antigüedad no mayor a 15 días de la presentación de la solicitud.
- Constancia actualizada de inscripción RUPA, RENSPA, INV, Municipalidad, etc. según corresponda para el desarrollo de sus actividades conforme las normativas vigentes de la propiedad afectada por la contingencia climática.
- El o los Proveedor/es no podrá formar parte de la persona jurídica o grupo económico al que pertenezca también el Solicitante del crédito y/o en el caso de persona humana no podrá tener algún tipo de vínculo laboral y/o familiar directo.
- Declaración jurada por la que expresamente manifieste no estar incurso en ninguna de las causales de exclusión. (ANEXO III y IV, según corresponda)
El Comité y/o la Fiduciaria, en ejercicio de sus atribuciones, se reservan el derecho absoluto de requerir, en cualquier momento y sin necesidad de justificación previa, toda información, documentación o antecedentes adicionales que estimen pertinentes. Asimismo, tendrán plena, amplia y exclusiva facultad para ordenar, practicar y ejecutar las auditorías, verificaciones, inspecciones y controles que consideren necesarios, ya sea sobre la documentación presentada, los registros contables, financieros o patrimoniales, aplicación de fondos, etc. del solicitante, o sobre cualquier otro elemento vinculado directa o indirectamente con la solicitud de crédito.
El solicitante reconoce y acepta que la omisión, falsedad, alteración o inconsistencia en la información suministrada constituirá incumplimiento grave, habilitando al Comité y/o a la Fiduciaria a rechazar de plano la solicitud, revocar cualquier aprobación otorgada y ejercer las acciones legales que correspondan, incluyendo la denuncia ante las autoridades competentes.
CONDICIONES
Asistencia Financiera para Capital de Trabajo y Bienes de Capital, destinada a productores agropecuarios, industrias, comercios y prestadores de servicios que resultaron afectados por contingencias climáticas ocurridas a partir del 15 de enero de 2026. Podrán acceder a la presente línea de crédito únicamente aquellos personas que desarrollen su actividad en la Provincia de San Juan y acrediten de manera fehaciente los daños sufridos mediante la documentación y certificaciones correspondientes, la presentación de la solicitud de crédito podrá realizarse dentro de un plazo máximo de treinta (30) días corridos contados a partir de la fecha de la contingencia climática ocurrida.
PERSONAS HUMANAS
- El presente reglamento suscripto en todas sus páginas.
- Todos los Anexos que correspondan debidamente completos y suscriptos.
- Fotocopia de anverso y reverso del documento de identidad del Interesado.
- En caso de corresponder, copia del Poder Especial para este acto que confiera representación a la persona que designe el interesado, con facultades expresas para asumir las obligaciones emergentes de este reglamento, del contrato de mutuo en caso de que fuera aprobada la solicitud de crédito por el Comité Ejecutivo, constituir garantías y demás obligaciones vinculados al otorgamiento del crédito solicitado y constancia de su inscripción en el Registro Público respectivo, en caso de corresponder.
- Constancia actualizada de inscripción ante la ARCA como contribuyente de impuestos con una antigüedad no mayor a 15 días de la presentación de la solicitud.
- Constancia actualizada de inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos ya sea como contribuyente local o comprendido en el régimen del Convenio Multilateral y en donde se verifique la inscripción de la actividad para la cual está solicitando el financiamiento con una antigüedad no mayor a 15 días de la presentación de la solicitud.
- Para el caso de productores Agropecuarios, denuncia realizada ante la Dirección de Contingencias Climáticas y Registro Productor de San Juan con el correspondiente peritaje y certificado de daños de la propiedad afectada.
- Para el caso de Industrias, Comercios y Prestadores de Servicios deberán presentar una exposición Policial ante la dependencia que corresponda en donde se verifique domicilio del acontecimiento, fecha del mismo y daños; además, la aprobación y desembolso del crédito solicitado quedará expresamente condicionado a la presentación por parte del solicitante de documentación fehaciente que respalde el daño sufrido y declarado en la solicitud; a tal efecto deberán acompañarse fotografías, videos, certificados, denuncias y toda otra documentación técnica, documental y/o jurídica respaldatoria que permita verificar de manera suficiente la existencia, magnitud y causa del perjuicio invocado.
- Descripción y detalle de las inversiones a las cuales se destinarán los fondos solicitados, indicando monto aproximado de cada una, proveedor y plazo estimado de realización conforme ANEXO VI del presente reglamento.
- Documentación relativa a la garantía ofrecida. (ver punto 3)
- Informe de su situación financiera y crediticia tipo VERAZ o NOSIS actualizado del solicitante del crédito con una antigüedad no mayor a 15 días de la presentación de la solicitud, debiendo encontrarse en situación normal en el sistema financiero.
- Informe BCRA del solicitante con una antigüedad no mayor a 15 días de la presentación de la solicitud.
- Constancia actualizada de inscripción RUPA, RENSPA, INV, Municipalidad, etc. según corresponda para el desarrollo de sus actividades conforme las normativas vigentes de la propiedad afectada por la contingencia climática.
- El o los Proveedor/es no podrá formar parte de la persona jurídica o grupo económico al que pertenezca también el Solicitante del crédito y/o en el caso de persona humana no podrá tener algún tipo de vínculo laboral y/o familiar directo.
- Declaración jurada por la que expresamente manifieste no estar incurso en ninguna de las causales de exclusión. (ANEXO III y IV, según corresponda)
El Comité y/o la Fiduciaria, en ejercicio de sus atribuciones, se reservan el derecho absoluto de requerir, en cualquier momento y sin necesidad de justificación previa, toda información, documentación o antecedentes adicionales que estimen pertinentes. Asimismo, tendrán plena, amplia y exclusiva facultad para ordenar, practicar y ejecutar las auditorías, verificaciones, inspecciones y controles que consideren necesarios, ya sea sobre la documentación presentada, los registros contables, financieros o patrimoniales, aplicación de fondos, etc. del solicitante, o sobre cualquier otro elemento vinculado directa o indirectamente con la solicitud de crédito.
El solicitante reconoce y acepta que la omisión, falsedad, alteración o inconsistencia en la información suministrada constituirá incumplimiento grave, habilitando al Comité y/o a la Fiduciaria a rechazar de plano la solicitud, revocar cualquier aprobación otorgada y ejercer las acciones legales que correspondan, incluyendo la denuncia ante las autoridades competentes.
PERSONAS JURÍDICAS
- El presente Reglamento suscripto en todas sus páginas por representante legal o convencional.
- Todos los Anexos que correspondan debidamente completos y suscriptos.
- Copia del Poder que confiera a la persona que se presente en el carácter de representante y con facultades expresas para asumir las obligaciones emergentes de este reglamento, en caso de corresponder.
- Constancia actualizada de inscripción ante la ARCA, como contribuyente de impuestos e incorporado al sistema previsional con una antigüedad no mayor a 15 días de la presentación de la solicitud.
- Constancia actualizada de inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos ya sea como contribuyente local o comprendido en el régimen del Convenio Multilateral y en donde se verifique la inscripción de la actividad para la cual está solicitando el financiamiento con una antigüedad no mayor a 15 días de la presentación de la solicitud.
- Copia del contrato social, estatutos y demás documentos relativos a la existencia y capacidad jurídica de la empresa Postulante para acceder a la ayuda conforme a su objeto y a la representación de sus directores o administradores, debidamente actualizados e inscriptos en la Dirección de Personas Jurídicas, Registro Público de Comercio u organismo equivalente en otras provincias o a nivel nacional.
- Copia de actas de asamblea u órgano similar, donde surja la designación de los actuales directores, socios gerentes o representantes, y del acta de directorio u órgano similar de distribución de cargos, con las inscripciones de los administradores en el Registro respectivo.
- Copia de actas de asamblea u órgano similar, donde surja la intención de solicitar el crédito, debiendo establecerse en la misma el monto a solicitar, detalle de la garantía a ofrecer y la designación del representante para actuar ante la fiduciaria, firmar el Contrato de Mutuo y constituir garantías en el caso de que el Comité Ejecutivo del Fideicomiso apruebe la solicitud de crédito.
- Copia de DNI de las autoridades de la empresa.
- Para el caso de productores Agropecuarios, denuncia realizada ante la Dirección de Contingencias Climáticas y Registro Productor de San Juan con el correspondiente peritaje y certificado de daños de la propiedad afectada.
- Para el caso de Industrias, Comercios y Prestadores de Servicios deberán presentar una exposición Policial ante la dependencia que corresponda en donde se verifique domicilio del acontecimiento, fecha del mismo y daños; además, la aprobación y desembolso del crédito solicitado quedará expresamente condicionado a la presentación por parte del solicitante de documentación fehaciente que respalde el daño sufrido y declarado en la solicitud; a tal efecto deberán acompañarse fotografías, videos, certificados, denuncias y toda otra documentación técnica, documental y/o jurídica respaldatoria que permita verificar de manera suficiente la existencia, magnitud y causa del perjuicio invocado.
- Descripción y detalle de las inversiones a las cuales se destinarán los fondos solicitados, indicando monto aproximado de cada una, proveedor y plazo estimado de realización conforme ANEXO VI del presente reglamento.
- Documentación relativa a la garantía ofrecida. (ver punto 3)
- Informe de su situación financiera y crediticia tipo VERAZ o NOSIS actualizado del solicitante del crédito y su representante legal o apoderado, con una antigüedad no mayor a 15 días de la presentación de la solicitud, debiendo encontrarse en situación normal en el sistema financiero.
- Informe BCRA del solicitante y su representante legal o apoderado, con una antigüedad no mayor a 15 días de la presentación de la solicitud.
- Constancia actualizada de inscripción RUPA, RENSPA, INV, Municipalidad, etc. según corresponda para el desarrollo de sus actividades conforme las normativas vigentes de la propiedad afectada por la contingencia climática.
- El o los Proveedor/es no podrá formar parte de la persona jurídica o grupo económico al que pertenezca también el Solicitante del crédito y/o en el caso de persona humana no podrá tener algún tipo de vínculo laboral y/o familiar directo.
- Declaración jurada por la que expresamente manifieste no estar incurso en ninguna de las causales de exclusión. (ANEXO III y IV, según corresponda)
El Comité y/o la Fiduciaria, en ejercicio de sus atribuciones, se reservan el derecho absoluto de requerir, en cualquier momento y sin necesidad de justificación previa, toda información, documentación o antecedentes adicionales que estimen pertinentes. Asimismo, tendrán plena, amplia y exclusiva facultad para ordenar, practicar y ejecutar las auditorías, verificaciones, inspecciones y controles que consideren necesarios, ya sea sobre la documentación presentada, los registros contables, financieros o patrimoniales, aplicación de fondos, etc. del solicitante, o sobre cualquier otro elemento vinculado directa o indirectamente con la solicitud de crédito. El solicitante reconoce y acepta que la omisión, falsedad, alteración o inconsistencia en la información suministrada constituirá incumplimiento grave, habilitando al Comité y/o a la Fiduciaria a rechazar de plano la solicitud, revocar cualquier aprobación otorgada y ejercer las acciones legales que correspondan, incluyendo la denuncia ante las autoridades competentes.